El 349 no tiene en cuenta la fecha de operación en adquisiciones intracomunitarias a la hora de determinar en que período deben declararse, sino la fecha de registro de la operación.
En una operación de compra intracomunitaria contabilizada el 02-02-2026, habiendo indicado que la fecha de operación y fecha de factura del proveedor es del 27-01-2026 (operaciones EXW, cuando el devengo del impuesto es la fecha de puesta a disposición del comprador de la mercancía) , el programa no lo acumula en el 349 de enero de 2026 (que sería lo correcto) sino que lo tiene en cuenta para el 349 de febrero que es cuando se ha registrado la operación.