No se puede contabilizar el IVA de Aduana cuando la factura del proveedor asociada viene por Gestión. Es decir, tenemos 2 facturas, la del proveedor con la mercancía (que viene de Pedido de compras porque corresponde a materiales inventariables que necesitamos pasar por almacén), y la del transitario (que lleva tanto el arancel, los gastos de su gestión con su correspondiente IVA, y finalmente lleva el IVA de Aduana --> 21% del valor del DUA de la mercancía comprada en el extranjero)