La Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación. La orden anterior fue modificada por la Orden HAC/1505/2024, de 26 de diciembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación. Esta Orden HAC/1505/2024, establece un periodo transitorio de aplicación entre el 1/1/2025 y el 30/06/2025, pudiendo suministrarse todavía los asientos conforme a la Orden HAC/998/2019
A partir del 1/7/2025 deberá suministrar necesariamente sus asientos contables a través de SILICIE 2.0 (Ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025),